Debido al anuncio de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que decretó el presidente de la Nación hasta el 31 de marzo, la Municipalidad de Villa Cañás comunica los alcances que tendrá en nuestra ciudad esta medida.
Atención municipal
- El edificio Municipal permanecerá cerrado, garantizando las siguientes prestaciones:
- Se mantendrán los servicios públicos básicos de limpieza, recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos.
- Se prestarán los servicios esenciales de Monitoreo y Guardia Urbana (15600102).
- Se mantendrá una guardia respecto del área de Acción Social.
Comercios locales
- Se suspende la apertura de locales comerciales, establecimientos y cualquier otro lugar que requiera presencia de personas, salvo:
- Supermercados
- Comercios minoristas de alimentos, artículos de limpieza e higiene personal.
- Servicios locales de provisión de agua envasada.
- Farmacias.
- Ferreterías (no incluye la venta de materiales de construcción ni el reparto a domicilio. Estos últimos están prohibidos).
- Veterinarias.
- Comercio de provisión de garrafas.
- Estaciones de Servicio (solo a los fines del expendio de combustible).
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos y productos de higiene y limpieza.
- Transporte de mercaderías.
- Servicio de lavandería.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria. Se permitirá únicamente el ingreso y circulación en la localidad de transportistas locales y de los pueblos aledaños.
- Durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta. Deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos
- Quienes se encuentren cumpliendo el aislamiento, solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.
Quedan exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio las personas que se detallan a continuación:
- Personal de salud.
- Fuerzas de Seguridad.
- Bomberos.
- Autoridades superiores del Gobierno Municipal.
- Personal de los Servicios de Justicia, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Quienes tengan a cargo el mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones). Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Quienes tengan a su cargo el transporte y tratamiento de residuos peligros y patogénicos.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; a familiares que necesiten asistencia; y a personas mayores.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y centros residenciales.
